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http://www.europasur.com/edicion/sociedad/sociedad513404.htm
La ley dejará sin cobertura un 30% de las denuncias por maltrato doméstico.
El texto del proyecto aprobado por el Consejo de Ministros reduce su acción a las agresiones por parte de cónyuges o ex conyúges, novios o parejas sentimentales.
El objeto del proyecto de ley contra el maltrato que el pasado viernes aprobó el Consejo de Ministros es "actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia". Del primer artículo de este polémico texto -el Ejecutivo ha obviado el criterio del Poder Judicial- se desprende que la norma regulará todo acto de violencia física y psicológica -"incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad"- pero siempre que se ejerza sobre mujeres y a manos de sus maridos, ex maridos, compañeros o ex compañeros sentimentales, novios o ex novios.
Según el objeto de la ley, y en función de los datos facilitados por el propio Gobierno, la futura norma dejará sin cobertura a tres de cada diez denuncias que actualmente se presentan en las comisarías y juzgados: casos de agresiones a mujeres por parte de sus padres, sus hijos u otros parientes, así como todas las denuncias presentadas por hombres por malos tratos a manos de sus esposas o parejas, sus progenitores y descendientes y otros familiares.
Un ejemplo: un hombre de 38 años fue detenido ayer en Valencia por maltrato a su madre, de 70, tras destrozar la vivienda y amenazarle con una pistola semiautomática. El parentesco que une al agresor con la víctima excluye a ésta del manto protector de la futura ley.
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